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BAJA DE UN ARMA DE FUEGO

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BAJA DE UN ARMA DE FUEGO Empty BAJA DE UN ARMA DE FUEGO

Mensaje por Admin Lun Mar 14, 2016 3:19 pm

Baja de un arma de fuego por diferentes motivos.

1. Normatividad aplicable al trámite:
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos:
Original y copia de identificación oficial vigente con fotografía.
Fotocopia del comprobante de domicilio.
Fotocopia de la C.U.R.P.
Original o copia certificada del registro anterior.
Copia certificada del acta levantada ante el A.M.P.F., por el ilícito cometido en su contra (debiendo asentar los datos del arma tal y como viene en la hoja de manifestación) por robo ó extravío.
Original y copia del acta levanta con motivo de la donación del arma ante las autoridades correspondientes (baja por donación).
Original y copia del recibo ante la D.C.A.M. por devolución en garantía (baja por devolución).
Hoja de ayuda para el pago electrónico e5cinco.

Plazo Máximo de resolución: 10 minutos para realizar el trámite.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.


FORMATO DE SOLICITUD:

http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/11345/SEDENA-02-059.pdf

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